En el año 2011 se promulgó la Ley Nº 20.499 que regula el cierre de calles y pasajes por motivos de seguridad ciudadana. El texto legal introduce dos modificaciones a la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, las cuales revisamos a continuación.
- Se agrega un párrafo final en el artículo 5º, que le permite a las municipalidades cerrar calles o pasajes con una misma de vía de acceso y salida para garantizar la seguridad de los vecinos. Este cierre requerirá acuerdo del Concejo Municipal y tendrá una duración de 5 años prorrogables automáticamente.
- Se agrega la letra q) al artículo 65º, la cual establece que para otorgar la autorización de un cierre se debe contar con informes de la Dirección de Tránsito, Dirección de Obras Municipales, Carabineros y Bomberos; además de que la solicitud sea suscrita por al menos el 90% de los propietarios de los inmuebles cuyos accesos quedarán cerrados. Esta autorización podrá ser revocada en cualquier momento si un 50% de los vecinos afectos al cierre así lo pide.
Descargar párrafo final del artículo 5º de la Ley Nª 18.695
Descargar Ley Nº 20.499 que regula el cierre de calles y pasajes por motivos de seguridad ciudadana